REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Quibor, 19 de Octubre del 2005
195° y 146°

EXP. N° 2181
PARTES: EVELIN YARENIS HERNANDEZ MENDOZA
JHONNY RAFAEL MENDOZA RODRIGUEZ.

BENEFICIARIO: ERIBER RAFAEL

MOTIVO: JUICIO DE ALIMENTOS
Visto la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folios Doce (12) y Trece (13) suscrito por los Ciudadanos: EVELIN YARENIS HERNANDEZ MENDOZA Y JHONNY RAFAEL MENDOZA RODRIGUEZ, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-13.880.125 y 13.484.931, por cuanto tal actuación no es contraria al interés del Niño: ERIBER RAFAEL, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena aperturar Cuaderno de Cumplimiento Alimentario y agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación, y se ordena aperturar cuenta de ahorros en Casa Propia, Entidad de Ahorro y Préstamo, Agencia Quibor. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABOG. LORENA BRIZUELA YEPEZ

LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
Exp. N° 2181.
LBY/AMA /sandra.