REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Quibor, 19 de Octubre del 2005
195° y 146°

EXP. N° 2151
PARTES: MONZON MONZON MIRIAN DEL CARMEN
FREDDY AMADOR ROJAS JIMENEZ.

BENEFICIARIO: FREDDY JAVIER

MOTIVO: JUICIO DE ALIMENTOS
Visto la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folios Trece (13) y Catorce (14) suscrito por los Ciudadanos: MIRIAN DEL CARMEN MONZON MONZON Y FREDDY AMADOR ROJAS JIMENEZ, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-12.236.999 y 10.725.714, por cuanto tal actuación no es contraria al interés del Niño: FEDDY JAVIER, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena aperturar Cuaderno de Cumplimiento Alimentario y agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación, y se ordena aperturar cuenta de ahorros en el Banco de Venezuela, Agencia Quibor. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABOG. LORENA BRIZUELA YEPEZ

LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
Exp. N° 2151.
LBY/AMA /sandra.