REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-M-2002-000230

Vista la transacción suscrita por los ciudadanos: Juan Castillo, Euclides Castillo, y María de Castillo, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.018.761, 2.543.979 y 4.385.042 respectivamente, en su condición de demandados en el presente proceso de Cobro de Bolívares, intentada por el Banco Provincial S.A. Banco Universal representado en dicha transacción por la Abogada Marlene Rodríguez de Álvarez, I.P.S.A. N° 33.928 este Tribunal habida consideración que ciertamente las partes en litigio mediante un contrato bilateral de una manera distinta a las prestaciones exigidas en el libelo de demanda ponen fin al presente juicio y siendo que las partes disponen de la capacidad suficiente para transar, sin que en el fondo por otra parte la fórmula en referencia afecte el orden público ni verse en definitiva sobre materias cuyo tratamiento estén prohibidas las transacciones, este Tribunal le imparte su correspondiente homologación, en consecuencia, téngase la fórmula en referencia, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.


Greddy Eduardo Rosas Castillo
OERL/mm