REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, veinticuatro de octubre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KC01-X-2005-000012
PARTE DEMANDANTE: MARITZA DEL CARMEN RODRIGUEZ SERRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.253.161
PARTE DEMANDADA: ORLANDO ALEXIS NAVAS DIAZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.152.926.
MOTIVO: INHIBICION (REIVINDICACION)

Vista la Inhibición planteada por el Dr. SAUL DARIO MELENDEZ MELENDEZ, en su condición de Juez Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, por medio de la cual manifiesta que se INHIBE de continuar conociendo el presente proceso, por REIVINDICACIÓN, seguido por la ciudadana MARITZA DEL CARMEN RODRIGUEZ SERRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.253.161, contra el ciudadano ORLANDO ALEXIS NAVAS DIAZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.152.926, por cuanto emitió opinión sobre el asunto, en el expediente Nro. KP02-0-2005-113, causal esta fundamentada en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Este Juzgado Superior en virtud de lo anteriormente expuesto Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar conforme a derecho y basada en causa legal.
SEGUNDO: ACUERDA NOTIFICAR mediante Oficio al Juez Inhibido de la presente decisión remitiéndole copia certificada del presente auto.
TERCERO: Una vez que conste en autos el oficio consignado, remítase el presente Asunto al Juzgado de la causa con Oficio. Así se decide. L.S. Juez (fdo) Dr. Horacio González Hernández. La suscrita Secretaria Temporal del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y se expide por mandato judicial, en Barquisimeto a los veinticuatro días (24) del mes de octubre de dos mil cinco (2005). Años 194° y 145°.

La Secretaria,

Abogada Sarah Franco Castellanos.