REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
(TRIBUNAL SEPTIMO DE CONTROL)

Barquisimeto, 27 de Octubre del 2005
Años: 194° y 146°
ASUNTO KP01-P-2005-011513

Corresponde a este Tribunal, en atención a la notificación interpuesta por la Representación del Ministerio Público, en razón de lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto al archivo de las actuaciones, este Tribunal para decidir, lo hace observando las consideraciones siguientes;

PRIMERO; En fecha 04 de Octubre de 2005, La Fiscalía Décima del Ministerio Público de este Estado, presentó al ciudadano Omar Leonardo Perozo Lopez por la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor sancionados en el artículo 5 en concordancia con el 6 ordinales 1,2 y 19 de la Ley contra el Robo y Hurto de Vehículos.

SEGUNDO; En la oportunidad de la Audiencia celebrada el 05 de Octubre del mismo mes y año ( llamada audiencia de Presentación), se le impuso al imputado de marras, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contenida en el articulo 250 del código adjetivo penal, siendo acordado el Procedimiento Ordinario en el Presente proceso conforme lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO: En el presente proceso el Ministerio Público Decreto el Archivo Fiscal de conformidad con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual trae como consecuencia inmediata el cese de todas las Medidas decretadas en contra del Imputado; es por ello y en base a las consideraciones fundamentales que rigen el presente Proceso Penal, es por lo que este Tribunal, ordena LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano Omar Leonardo Perozo López número de cédula de identidad 15.352.163. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano Omar Leonardo Perozo López número de cédula de identidad 15.352.163. LIBRESE LA BOLETA DE LIBERTAD. Regístrese, Publíquese y Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico, víctima de la presente Decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, sellada y Firmada en el Palacio de Justicia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los Veinticuatro (27) Días del Mes de Octubre de 2.005.
El Juez

Abg. Astrid Liscano
El secretario

Abg. José Enrique Dellán