REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 10 de Noviembre de 2005
Años 195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-001282
PARTE ACTORA: ANGELO CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.944.080.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN DE VECINOS JUAN SALAMANCA (ASOVEJUSAL)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día de hoy, 10 de Noviembre 2005 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ANGELO CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.944.080., ni la parte demandada ASOCIACIÓN DE VECINOS JUAN SALAMANCA (ASOVEJUSAL), por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.

La Juez




Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre

La Secretaria


Abg. Yesenia P. Vásquez R.