REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Cabudare: 10 de Noviembre de 2005
Años: 195° y 146°


Vista la solicitud de homologación presentada por la Defensoría Casa de la Juventud, adscrita a la Fundación del Niño Palavecino, del acuerdo relacionado con la Obligación Alimentaria, suscrito en su presencia por los ciudadanos MARIENNY JOSEFINA GUTIERREZ CARRASCO y GUSTAVO ENRIQUE AGUILERA DIAZ, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 9.558.274 y 4.066.002 respectivamente, en su condición de madre y padre del niño (IDENTIDAD OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), désele entrada y anótese en el Libro de Causas llevado por este Juzgado. Ahora bien, por cuanto se observa que el acuerdo suscrito fue celebrado ante un funcionario público facultado para ello conforme lo dispone el literal f del artículo 202 de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la antes citada ley. En consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada por Secretaría del presente auto para el Archivo de este Juzgado. Cúmplase.-

La Juez


Dra. Coromoto de Del Nogal
El Secretario


Abg. Daniel González
Seguidamente, se cumplió lo ordenado. Se le dio entrada quedando anotada bajo el N° 2.544-05.-
El Secretario


Abg. Daniel González