GADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora,  30 de  Noviembre  de 2005.-
 
195º y 146º      
 
Vista la demanda por Cobro de Bolívares, (vía intimatoria) intentada por la Abg. CARLOS ALBERTO PERDOMO DAVILA, abogado en ejercicio e inscrito en el  inpreabogado bajo el Nº 75.865, en su carácter de Endosatario en Procuración de la ciudadana CARMEN DE BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº 15.,844.985, contra la ciudadana IXORA CATALINA ANZOLA TORRES, titular de la cédula de  identidad N° 4.682.343,  este Tribunal  por cuanto observa que de la sumatoria de las cantidades  reclamadas  equivalentes al monto total del capital de las letras de cambio, intereses moratorios vencidos,  más l as costas y  honorarios profesionales, no alcanza al monto total atribuido a los Juzgados de Primera Instancia, este  Declina la competencia por la cuantía, ante  el  Juzgado del Municipio Torres  de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en esta ciudad de Carora, conforme a lo dispuesto en los artículos 47 y 641 del Código de Procedimiento Civil. Remítase  el presente  expediente mediante oficio, al Juzgado antes  mencionado, una vez vencido el lapso de ley.  Líbrese oficio.
 
El Juez Titular,
 
 
Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
 
                                                                                           El  Secretario,
 
                                                                                      
 
                 Abg. JOSE  FERNANDO CAMACARO TOVAR.
 
 
	En………………………………
 
 
 
 
 
 
Esta misma fecha se Registro bajo el N° 297-2005,  se publico siendo las 11:00 a.m., se libró copia certificada para archivo. 
 
El Secretario,
 
 
 
Abg.  JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
 
Exp.N°7300-05.ec.5.
 
 
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