REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 18 de Noviembre de 2.005. Años: 195° y 146°.
Exp. 7181-05.-
El ciudadano MANUEL JOSE MELENDEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, sin cédula de identidad, domiciliado en la Población de Aregue, Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara, asistido por la Abogada JULIA MERCEDES MELENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.565, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual demandó a la ciudadana CARMEN YOLANDA MELENDEZ DE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.191.146, del mismo domicilio, por INQUISICION DE PATERNIDAD, alegando ser hijo de RAFAELA DEL CARMEN ROJAS DE MELENDEZ y JUAN BAUTISTA MELENDEZ H. (difuntos), y que nació el día 25 de Diciembre de 1.945, en el Balzamar, Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara.
Admitida la demanda en fecha 17-10-05, se emplazó a la ciudadana Carmen Yolanda Meléndez de Fernández, para que compareciera por ante éste Juzgado dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a su citación, en horas de Despacho, a dar contestación a la demanda, asimismo se acordó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
UNICO: Observa éste Tribunal que en fecha 12-08-05, la demandada ciudadana consignó Actas de Defunción de sus padres , abriéndose a pruebas la causa por un lapso de diez días de Despacho contados a partir de la citación del Fiscal VIII del Ministerio Público y acordando oír la declaración de testigos. Citado el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, no objetó nada que desvirtuara lo alegado y habiendo rendido declaración en fecha 03-11-05 los testigos ciudadanos Ramón José Arroyo Aponte y Carmen Alicia Pérez Arroyo, titulares de las cédulas de identidad N°s 436.407 y 5.916.753, quienes fueron contestes en afirmar lo alegado por el demandante, es por lo que éste Tribunal, de conformidad con el artículo 232 del Código Civil, da por terminado el presente juicio.
Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de INQUISICION DE PATERNIDAD intentada por el ciudadano MANUEL JOSE MELENDEZ ROJAS, contra la ciudadana CARMEN YOLANDA MELENDEZ DE FERNANDEZ, antes identificados. En consecuencia se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente Partida de Nacimiento del ciudadano MANUEL JOSE MELENDEZ ROJAS, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante dichos organismos. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 18 de Noviembre de 2005. Años 195º y l46º.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El…/

Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 280-2005, se publicó siendo las 11:00 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
Exp. Nº 7181-05
Mdeu/4.