REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-011209



En fecha 27/09/2005, la ciudadana JANNETTE ZULAIMA ALDANA DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.010.279, de este domicilio, debidamente asistida por la abogado MARY ISABEL TOVAR, de Inpreabogado N°. 90.211, presentó escrito en el cual solicita la rectificación de su Acta de Nacimiento, en el sentido que aparece por error el nombre de su madre como LUZ MARIA CRESPO, su primer nombre como JEANNETTE y su segundo nombre como YULAIMA, siendo lo correspo LUZ DE MARIA CRESPO, JANNETTE y ZULAIMA. En fecha 19/10/2005 se admitió la solicitud sumariamente y ordenó notificar al Ministerio Público. En fecha 26/10/2005 el Alguacil consignó boleta firmada por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados especialmente las copias certificada del acta de nacimiento emanada de la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara y del Juzgado del Municipio Baralt del Estado Zulia, los cuales aprecian este Tribunal de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, de los mismos se evidencia el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana JANNETTE ZULAIMA ALDANA DE RODRIGUEZ. En consecuencia, se ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento asentada bajo el Nro. 1279, folio s/n del Libro de Registro Civil de Nacimiento del año 1960, en el sentido que aparezca el nombre de la madre como LUZ DE MARIA CRESPO y los nombres de la presentada como JANNETTE ZULAIMA.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los siete días del mes de noviembre del dos mil cinco. Años: 195° y 146°. *men*
La Juez Suplente


Mariluz Josefina Pérez


La Secretaria


María Fernanda Alviárez Rojas
En la misma fecha se dejó copia.

La Sec.