REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-M-2004-000453
PARTE ACTORA: DARWIN RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 13.843.656, de este domicilio, a través de su Endosatario en Procuración, ciudadano GUSTAVO ADOLFO PEÑALVER MELENDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.440.355, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 62.296 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: MARIA ALICE DE SOUSA y ZAIDA MARQUEZ, Portuguesa la primera y venezolana la segunda, mayores de edad, titular esde las cédulas de identidad Nros. E-625.815 y 5.256.182, ambas de este domicilio
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA
La Suscrita Juez Suplente Especial, Mariluz Josefina Pérez, se avoco al conocimiento de la causa. Se inició el presente juicio de. En fecha 18-02-2004, se admitió la demanda acordando intimar a la parte demandada para que cancele las cantidades de dinero exigidas por la parte actora (f. 12).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la actuación de este Tribunal de fecha 21 /07/2.004, donde se admitió la presente demanda (f.12), transcurrió más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de Cobro de Bolívares vía Intimación, seguido por el ciudadano Darwin Rodríguez contra las ciudadana s María Alice de Sousa y Zaida Márquez, identificados en autos.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los tres (04) días del mes de Noviembre de dos mil cinco. AÑOS: 194° y 146°
La Juez Suplente Especial
Abg. Mariluz Josefina Pérez La Secretaria
María Fernanda Alviarez
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Secretaria
MJP/merysa
|