REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-S-2005-013377

Vista la solicitud presentada por el ciudadano SEGUNDO HONORIO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.122.045, de este domicilio, asistido de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la avenida principal, entre carreras 5C y 5, Barrio El Caribe II, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que 8,50 metros de frente por 23,00 metros de fondo, alinderadas de la siguiente manera NORTE: Terrenos que ocupa Segundo Honorio H. Fernández; SUR: Terrenos ocupados por Jairo Albornoz; ESTE: Avenida principal que es su frente; y OESTE: Terrenos ocupados Dichas bienhechurías consisten en un salon comercial de paredes de bloques, techo de platabanda, piso de cemento, puertas santa Maria, baño y demás anexos El valor invertido es la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 30.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: PAUSIDES CAÑIZALEZ y RAFAEL ARAUJO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano SEGUNDO HONORIO FERNANDEZ, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez Suplente Especial,


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria,


Maria Fernanda Alviarez


MJP/dmg