REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-013356


Vista la solicitud presentada por el ciudadano Nancy Soraida Hernandez, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12242641, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle San José, Barrio Santa Rosalia, Sector Argimiró Gabaldón, manzana N°.38 Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide CUATROCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS (425 MTS2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: con Hipolito Hernandez ; SUR: con un rancho de madera; ESTE:con construcción OESTE: con el cerro. Dichas bienhechurías consisten en una casa de paredes de Adobes, piso de cemento rústico, techo de acerolit, consta de una habitación, una sala, un baño, un pozo septico, cercada con alambre de púas sobre estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES ( 10.000.000,oo Bs), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano Nancy Soraida Hernandez ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


El Juez



Abg. Mariluz Josefina Perez
El Secretario