REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-010135

Vista la solicitud presentada por la ciudadana NICOLAS RAMÓN PEÑA ANGULO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.260.578, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida Florencio Jiménez Kilómetro 11 y 12, Barrio Valle verde N° VV-20, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Comunero, que mide DIEZ METROS de frente por VEINTE METROS de fondo, total DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (300 Mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terrenos que ocupa Reinaldo Gil; SUR: Avenida Florencio Jiménez que es su frente; ESTE: Casa Elisa Ocanto, y OESTE: Con terrenos que ocupa Reinaldo Gil. Dichas bienhechurías consta de bases y manchones para vivienda familiar, cercada con alambre y demás anexos. El valor invertido es la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES (7.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ANTONIEL GARCIA Y LILIA ANGULO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano NICOLAS RAMÓN PEÑA ANGULO, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL



MARILUZ JOSEFINA PEREZ



LA SECRETARIA


MARIA FERNANDA ALVIAREZ


/Milagro