REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-S-2005-002202
Los ciudadanos ELSA RAMONA, OMAR ANTONIO, MIRIAN COROMOTO, JUAN PASTOR, LIZETH MARGOTH, VIRGINIA DEL CARMEN y ANGEL ARTURO BOQUILLON JIMENEZ, con C.I. Nros. 1.273.368, 2.534.922, 7.309.479, 7.343.011, 7.372.657, 3.539.816 y 3.319.287 respectivamente, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, solicitan la RECTIFICACION DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTOS, en el sentido que figura en las partidas de nacimiento de ELSA RAMONA, OMAR ANTONIO, MIRIAN COROMOTO, JUAN PASTOR, LIZETH MARGOTH, VIRGINIA DEL CARMEN, ANGEL ARTURO y MIGUEL ENRIQUE (difunto), el nombre de su madre como VIRGINIA siendo lo correcto “MARIA VIRGINIA”, y en las partidas de nacimiento de OMAR ANTONIO, JUAN PASTOR, LIZETH MARGOTH el apellido de su madre como GIMÈNEZ siendo lo correcto “JIMÈNEZ”. La solicitud se admitió a sustanciación, se Ordeno Notificar a la Fiscal de Familia y Librar Edicto.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, la Notificación de la Fiscal de Familia y el Edicto publicado ha quedado comprobado los errores señalados, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación de las partidas de nacimiento en el sentido que figure en las partidas de nacimiento de ELSA RAMONA, OMAR ANTONIO, MIRIAN COROMOTO, JUAN PASTOR, LIZETH MARGOTH, VIRGINIA DEL CARMEN, ANGEL ARTURO y MIGUEL ENRIQUE (difunto), el nombre de su madre como “MARIA VIRGINIA”, y en las partidas de nacimiento de OMAR ANTONIO, JUAN PASTOR, LIZETH MARGOTH el apellido de su madre como “JIMÈNEZ”.- En consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Juan Bautista Rodríguez del Municipio Jiménez del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en las Partidas de Nacimiento Nº 587 folio 233 Vto., año 1940, Nº 588 folio 235 Fte., año 1940, Nº 456 folio 229 Vto., año 1960, Nº 253 folio 127 Fte., año 1950, Nº 252 folio 126, año 1950, Nº 455 folio 229 Fte., año 1960; al Jefe Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en las Partidas de Nacimiento Nº 1616 folio 22, año 1961, Nº 1444 folio s/n, año 1963; y al Registrador Principal Del Estado Lara. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco. Años 195º y 146º.
LA JUEZ, EL SECRETARIO ACC.,



ABG. TANIA M. PARGAS CANELON ABG. ROGER JOSE ADAN CORDERO

Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-1476, 0900-1477 y 0900-1484.-
TMPC/RJA/Agcg.-