REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil del Estado Lara
Barquisimeto, 17 de Noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO: KP02-S-2005-013863
Visto el escrito presentado por la Fiscalía Décima Séptima de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; relacionado con el acto conciliatorio suscrito en fecha 17-10-2005, por los ciudadanos MARIA CORILA TORREALBA DE LINAREZ y GUILLERMO ANTONIO LINAREZ, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 5.148.605 y 4.827.043 respectivamente, en beneficio de la adolescente IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA de 12 años de edad; este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio la obligación alimentaría de la siguiente manera:
“PRIMERO: El padre le llevara personalmente al domicilio materno, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000,00) semanales, el cual la madre firmara recibo.
SEGUNDO: El padre se compromete a comprar los útiles escolares y uniformes.
TERCERO: Los gastos médicos y medicinas serán cubiertos el 50% por cada uno de los padres.
CUARTO: El padre en Diciembre proveerá la ropa y calzado para su hija.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo entre los ciudadanos MARIA CORILA TORREALBA DE LINAREZ y GUILLERMO ANTONIO LINAREZ, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre de dos mil cinco (2005) . Años: 195° y 146°.
El Juez de Juicio Nro. 1
Dr. NELSON MELENDEZ
La Secretaria de Sala,
Abog. OLGA DAAL
NM/OD/linda.-
Homolg. Alimentos
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