REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-013859
Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalia Décima Séptima del Ministerio Público, entre los ciudadanos ROSANNY YOHADANNY GUARAMATO RODRIGUEZ Y OSCAR EDUARDO FUENTES DORANTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.229.769 Y 14.649.262 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de la niña IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA este Tribunal le da entrada y lo admite en cuanto ha lugar en derecho y en consecuencia, dispone homologarlo en los siguientes términos:
“PRIMERO: El padre compartirá con su hija un fin de semana cada quince (15) días, buscándola el día sábado en horas de la mañana y la regresara el día domingo a las 6:00pm, en el hogar materno.
“SEGUNDO: Las vacaciones de Carnaval y las de Semana Santa, serán compartidas.
“TERCERO: En el mes de Diciembre el día 24 la niña estará con el padre y el día 31 con la madre y el siguiente año será alternado.
“CUARTO: Las vacaciones escolares serán compartidas previo acuerdo entre los padres.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos ROSANNY YOHADANNY GUARAMATO RODRIGUEZ Y OSCAR EDUARDO FUENTES DORANTES, plenamente identificados, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme.
Remítase copia certificada de la presente Decisión a la Fiscalía Décima Séptima del Estado Lara.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 16 días del mes de Noviembre del dos mil Cinco (2.005). Años: 195° y 146°.
El Juez de Juicio N° 1
Dr. Nelson Enrique Meléndez Vargas
La Secretaria
Mailim*
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