REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve (19) de mayo de 2005
Año 195º y 146º
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-000419
DEMANDANTE: DAHIROBIS CAROLINA CABANZO VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.387.145 y de este domicilio.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS MANUEL VILLADIEGO Y NESTOR ADRIAN UGUETO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 21.739 y 2.721, respectivamente.
PARTE CODEMANDADAS: INVERSIONES KOSTA C.A y JORGE MIHALOPOULOS
APODERADOS DE LA DEMANDADA: BLANCA GABRIELA HERNANDEZ RINCONES Y ANTONIO LUIS CASTILLO VALENZUELA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 59.787 y 6.345
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, diecinueve (19) de mayo del año dos mil cinco (2005) siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecen por ante este Tribunal, por la parte actora sus apoderados judiciales abogados CARLOS MANUEL VILLADIEGO Y NESTOR ADRIAN UGUETO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 21.739 y 2.721, y por las partes codemandadas INVERSIONES KOSTA C.A, y JORGE MIHALOPOULOS, sus apoderados judiciales, abogados BLANCA GABRIELA HERNANDEZ RINCONES Y ANTONIO LUIS CASTILLO VALENZUELA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 59.787 y 6.345, cualidad que se desprende de Poderes Notariados que presentan en original a efecto videndi para su certificación, devolución y posterior inclusión de la certificación en las actas. Dándose inicio a la audiencia preliminar. Revisadas las actas procesales se observa que en el Poder apud Acta que le fue otorgado a los abogados de la parte actora cursante al folio33, no consta que se le haya conferido la facultad de representación en la acción intentada contra JORGE MIHALOPOULOS TORRES, en consecuencia este Juzgado Sexto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República y por autoridad de la ley vista la falta de cualidad de los abogados presentes para ejercer la representación de los intereses de la demandante en los términos expuestos declara de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo desistido el procedimiento y terminado el proceso única y exclusivamente en lo relativo a la reclamación incoada contra el ciudadano JORGE MIHALOPOULOS TORRES. Acto seguido, las partes presentan sus escritos de promoción de prueba con sus respectivos anexos de la siguiente manera: la parte actora presenta escrito en dos (2) folios y anexos en seis (6) folios. Por su parte la demandada INVERSIONES KOSTA C.A, presenta escrito en dos (2) folios y anexos en veinte (20) folios y la codemandada JORGW MIHALOPOULOS presenta escrito en un folio útil. Luego de varias deliberaciones, las partes de común acuerdo solicitan a la Juez la Prolongación de la audiencia preliminar. En este acto este tribunal decide acordar la referida solicitud y prolonga la Audiencia para el día veinte y uno (21) de junio de 2005, a las dos y treinta de la tarde (2:30 pm.).
Quedan entendidas las partes la obligación de comparecer en la oportunidad indicada ya que sus inasistencias de uno de ellos acarrearía las consecuencias Jurídicas previstas en la Ley, bien sea desistimiento o admisión de los hechos dependiendo de la situación.
LA JUEZ,
Abog. ANA SONIA SANCHEZ AGUIRRE
LA SECRETARIA,
Abg. Rosanna Blanco Lairet
LA PARTE DEMANDANTE,
LA PARTE DEMANDADA,
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