REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES
En horas de despacho del día de hoy, Miércoles once (11) de Mayo del año dos mil cinco (2005), se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y se constituyó siendo las once y treinta (11:30am) de la mañana en un inmueble ubicado en la urbanización “Altos de Lara”, vereda tres (03) de la calle Lara Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del estado Lara distinguida con el Nº 08 edificada sobre un terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), con una superficie de 292,20 mts2, y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORESTE: 24,35 mts. con vivienda Nº 06 de la vereda 03; SUROESTE: 24,35 mts. con vivienda 6 y 8 de la calle 03; SURESTE: 12, oo mts, con vereda 03, que es su frente y NOROESTE; 12, oo mts. con fondo de vivienda Nº 11, de la calle 06, con la presencia del ciudadano Juez Provisorio Abg. Rafael José Martínez Rivero con su Secretaria Abg. Blanca Patricia Otero Nieto, a los fines de dar cumplimiento al Despacho de Comisión enviado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la Medida de Embargo Ejecutivo, despacho enviado con ocasión del Juicio por Ejecución de Hipoteca, intentado por la ciudadana Abg. LIRIO TERAN en su carácter de Apoderada de el “FONDO PARA EL FOMENTO Y PROMOCION DE LA ARTESANIA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL ESTADO LARA (FUNDAPYME) contra la sociedad mercantil REVESTIMIENTO RUSTICO MANARIPA C.A. Para el momento de la constitución del tribunal se encuentra presente en el inmueble la ciudadana OMAYLETH JOSEFINA ARROYO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.843.891, quien manifestó al tribunal ser la Arrendataria del inmueble, según contrato celebrado con la propietaria, Hercilia Rosa Pérez Rojas, y a quien el tribunal notifico de su misión. Acompañan al tribunal la Abg. LIRIO TERAN, identificada en autos. Seguidamente el tribunal designa en el cargo de Perito Avaluador al ciudadano Luis Gonzalez, titular de la cédula de identidad Nº 4.400.177, quien estando presente fue juramentado por el tribunal aceptando el cargo para el cual fue designado y prometió cumplir bien y fielmente las obligaciones inherentes a su cargo. En este estado la apoderada actora expone: Señalo para ser embargado el inmueble ya identificado donde se encuentra constituido el tribunal el cual pertenece a la ciudadana Hercilia Rosa Pérez Roja , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.925.339, según consta documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 06 de Marzo de 1995, bajo el Nº 08, Folios 1 y 2, Protocolo Primero, Tomo 6, Primer Trimestre del referido año. En este estado el Perito Avaluador expone: La vivienda anterior descrita tiene un valor aproximado de Catorce Millones de Bolívares (Bs.14.000.000, oo). En este estado el Tribunal Ejecutor de Medida del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre del la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta el Embargo Ejecutivo del inmueble antes mencionado e identificado. En este estado la apoderada actora expone: Solicito al tribunal se confié el depósito judicial en la persona de la arrendataria Omayleth Josefina Arroyo Torres, ya identificada. El tribunal vista la solicitud de la ejecutante y estando presente la arrendataria ya identificada, la juramento en el cargo de Depositaria Judicial, quien prestó el juramento de Ley y aceptó el cargo para el cual fue designada y prometió cumplir bien y fielmente con la obligaciones inherentes al mismo y declara recibir el inmueble es este acto para su custodia. No habiendo mas nada que realizar el tribunal ordene el regreso a su sede, siendo las doce y treinta (12:30am) de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.
EL JUEZ APODERADA ACTORA
(FDO) (FDO)
NOTIFICADA DEPOSITARIA JUDICIAL EL PERITO
(FDO) (FDO)
LA SECRETARIA.-
(FDO)
Exp: 662/2005