REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 9:30 a.m, se constituyó este Trib. en carrera 12 entre 7 y 8 N° 7-88, Barrio Los Luices, Mcipio. Iribarren, Barqto. Edo. Lara, acompañados por el abog. actor RANIER GONZALEZ, INPRE 92.289, JESUS JIMENEZ, repres. depositaria judicial Yacambú C.A. y LENIN BASTARDO designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Impuesta del presente acto la ciudadana ENMA J. PINEDA, C.I. 12.020.365, informando que la demandada ciudadana GREIZA ESPINOZA, ya no habita en esa dirección, que se mudó hace un (1) mes aproximadamente y desconocía la dirección de su nueva residencia. Asimismo informó que la demandada labora en un Instituto de Nombre NIVE. El actor se reservó el derecho de embargar en un futuro, se abstuvo de embargar bienes en este acto por imposibilidad de localizar bienes de la demandada. Pidió devolución de la comisión al Comitente. El Trib. se abstuvo de embargar y ordenó la devolución de la comisión al Comitente. Siendo las 10:40 a.m, terminó el acto.