GADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 19 de Mayo de 2.005
195º y 146º

Visto el escrito de fecha 17 de Mayo de 2.005, presentado por el Abogado JUAN CARLOS TORREALBA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 44.701, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos ADOLFO CARUCI, HECTOR ESCALONA, CARLOS OÑATES y LUIS CRESPO, parte demandada en el presente juicio, en donde niega los hechos y se acoge al Derecho de Retasa, conforme a lo previsto en los artículos 22 y 25 de la Ley de Abogados, competerá al Tribunal Retasador ponderar lo reclamado por el intimante ciudadano MANUEL ARROYO MASCAREÑO, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Civil “Pedro León Torres”, o si merece el monto global establecido por la Ley, y que en todo caso no podrá exceder del 30% del total de lo demandado en el juicio principa. En vista de lo expuesto por el intimante y en virtud del derecho de retasa al cual se acogen los demandados a través de su apoderado judicial, éste juzgador considera procedente el Cobro de Honorarios Profesionales y así se decide Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. En consecuencia, se fija el Tercer (3er.) día de despacho siguiente al de hoy a las 9:30 a.m., para el nombramiento de los Retasadores.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 19 de Mayo de 2.005. Años 195° y 146°.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
En esta misma fecha se registró bajo el N° 108-2.005, se publicó siendo las 12:45 p.m. y se expidió una copia certificada para el archivo.

El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
Exp. 6701-03
Tla.6