REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-F-2004-001083
El Ciudadano OSCAR ENRIQUE PERAZA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 4.380.568, manifestó estar separado de su cónyuge MARIA NICOLASA RODRIGUEZ PIÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 4.377.737, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 2 de Marzo de 2005, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos OSCAR ENRIQUE PERAZA y MARIA NICOLASA RODRIGUEZ PIÑA, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 08 de Noviembre de 1973. De dicha unión matrimonial procrearon tres hijos, todos mayores de edad. Ofíciese a la Jefatura Civil y al Registro correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los cuatro dias del mes de Mayo de dos mil cinco. Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.

La Juez


Abog. Patricia Cabrera Manfredi
La Secretaria acc,


Abg. María M. Medina

PCM/MMM/ij.