REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Sección Adolescente
Barquisimeto, 12 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO: KP01-D-2002-000060
AUTO DE CONCESION DE PERMISO
El día 10 de mayo de 2005, se recibió oficio S/n. fechado 05 de mayo de 2005, emanado del Director del Centro Socioeducativo Dr. Pablo Herrera Campins, en el cual se solicita permiso para un grupo de adolescentes recluidos en ese establecimiento, entre ellos IDENTIDAD OMITIDA, para asistir a encuentro deportivo con otra entidad de atención, en los siguientes términos:
…Saludos cordiales, por medio de la presente me dirijo a usted muy respetuosamente en la oportunidad de solicitarle permiso a los adolescentes que a continuación le relacionaré para una actividad deportiva recreativa que se llevará a cabo entre los adolescentes del CSE “Dr. Pablo Herrera Campins” y los adolescentes de la Casa Abrigo Taller “El Eneal” dicha actividad tendrá lugar el día 13 de mayo de 2005 en las Instalaciones del Eneal. …
Nombres C.I. Asunto Principal:
…
IDENTIDAD OMITIDA KP01-D-2002-000060
Comunicación que hago para su conocimiento y demás fines legales consiguientes. …
Como se evidencia se trata de una actividad recreativa educativa, que le permite tener contacto con la comunidad, derecho de los adolescentes sometidos a la Medida de Privación de Libertad, previsto en el artículo 631.o de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cuyo ejercicio puede tener lugar dentro o fuera del ente reclusorio. En este último caso se le debe permitir la salida de conformidad con la Regla 59 de las Reglas de Riyad, que establece:
Se deberán utilizar todos los medios posibles para que los menores tengan una comunicación adecuada con el mundo exterior, pues ella es parte integrante del derecho a un tratamiento justo y humanitario y es indispensable para preparar la reinserción de los menores a la sociedad. … y se darán permisos especiales para salir del establecimiento por motivos educativos, profesionales u otras razones de importancia. …
De allí que es procedente concederle el permiso al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y así se decide.
DECISION
Por las razones que anteceden en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se concede permiso a IDENTIDAD OMITIDA para que concurra el día 13 de mayo de 2005 a la Casa Abrigo “El Eneal” donde participará en encuentro deportivo.
Regístrese y notifíquese.
El Juez de Ejecución,
Abog. AURA OTTAMENDI La Secretaria,
Abog. ANAIZIT GARCIA SORGE.