REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia del Trabajo Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO: KP02-L-2002-000920
PARTE ACTORA. GIL JOSE JESUS
APODERADOS DEL ACTOR. FRANKLIN AMARO DURAN
PARTE DEMANDADA. GOBERNACIÓN DEL ESTADO LARA
APODERADOS DE LA DEMANDADA. WENDY AZUAJE, OLGA ALTUVE, MARIA A USECHE, LUCIA E DIAZ, IVONNE PARRA, ROSANNI MORENO, E, MARISOL PITA ANDRADE, CARLA TORREALBA, MILDRE C CARIDAS, KAROL Y GRANADOS, CARLA S VELASQUEZ, MONICA GODOY MOLERO. LILIAN ESCALANTE C, NAHOMI AMARO, ALIETTHYS C. MARIN, EMILIO S BARROETA. DIANA BALLESTEROS Y FLOR RODRIGUEZ.
MOTIVO. COBRO DE PRSTACIONES.

En el dia de despacho de hoy, 18-03-05, siendo las 10:00a.m dia y hora fijados para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparece el abogado EMILIO S BARROETA G, inscrito en el inpreabogado bajo el N°90.122, apoderado de la parte demandada, según poder que en original presenta a los efectos videndi y copia para ser certificada. Se deja constancia que la parte demandada consigna escrito de pruebas en escrito en 02 folios y recaudos copias simple en 15 folios; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Transitorio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la Presente Decisión. Terminó, se leyó y conformes firman.


El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas

Apoderado de la demandada.


La Secretaria


Hilda de Quiñones