REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 08 de Marzo de dos mil cinco (2005)
194º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-001706

PARTE ACTORA: ANNYCRIS DEL CARMEN ABREU MÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.696.001.
PARTE DEMANDADA: BIOCIDAS Y SERVICIOS, C.A. (BIOSERCA)
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO RAFAEL CARVAJAL MENESES, IPSA Nro. 29.792
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 08 de Marzo de 2005, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja expresa constancia que la parte demandada BIOCIDAS Y SERVICIOS, C.A. (BIOSERCA), compareció, por medio de su Representante Legal ANTONIO RAFAEL CARVAJAL MENESES, IPSA Nro. 29.792, al presente procedimiento. Y la parte actora no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 146°.

El Juez

Abg. William Simón Ramos Hernández

La Parte Presente en este Acto
La Secretaria,

Abg. Yesenia P. Vásquez R.-