REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 17 de marzo de 2005
Años 194º y 146º


N° DE EXPEDIENTE: KP02-S-2005-001170
PARTE ACTORA: JOSE MARIA MEDINA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.691.887.
PARTE DEMANDADA: CEMEX DE VENEZUELA S.A.C.A. (PLANTA LARA)
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO JULIO MARTINEZ SANTANDER, IPSA Nro. 91.915
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO


Hoy, 17 de Marzo de 2005 siendo las dos y media de la tarde (02:30 p.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja expresa constancia que la parte demandada CEMEX DE VENEZUELA S.A.C.A., compareció, por medio de su Representante Legal el abogado ALBERTO JULIO MARTINEZ SANTANDER, IPSA Nro. 91.915, al presente procedimiento. Y la parte actora el ciudadano JOSE MARIA MEDINA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.691.887, no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 146°.

La Juez,


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada

Secretaria,

Abg. Yesenia P. Vásquez R.

La Parte Presente en este ActO