REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRESPO

Duaca: 11 de Marzo del 2005.
Años: 194° y 145°
Visto el Convenimiento suscrito por ante este Tribunal, entre los ciudadanos VIRGINIA PASTORA HERNANDEZ BRITO Y ELIGIO JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.504.740 y 10.771.354, de fecha 08-03-2005, de este domicilio, respectivamente, relacionado con la Obligación Alimentaria en beneficio de los niños MARIA JACKELINE Y JOSE DANIEL RODRIGUEZ HERNANDEZ, donde llegaron al acuerdo siguiente:

PUNTO UNICO: El padre se compromete a ayudar con los medicamentos y los exámenes de la niña MARIA JACKELINE semanalmente y la madre se pondrá de acuerdo con él a los efectos del monto en que la ayudará, ella manifiesta que no haya ningún problema, que cuando lo busque el la ayude sin necedad de pelear.

SEGUNDO: Las partes se comprometen a darle fiel cumplimiento al presente Convenimiento y solicitan a este Tribunal le imparta su homologación. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.- L.S La Juez (fdo) Miriam Márquez de Roa. Las Partes (fdo) Firmas Ilegibles. La Secretaria. (Fdo) Firma Ilegible.-
En consecuencia, este Tribunal del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, admite y HOMOLOGA el Convenimiento suscrito por los ciudadanos VIRGINIA PASTORA HERNANDEZ BRITO Y ELIGIO JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una sentencia definitivamente firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Duaca, a los once días del mes de Marzo del Dos Mil Cinco. Años: 194° y 145°.
La Juez Provisorio.


Dra. Miriam Márquez de Roa.-

La Secretaria.


Abg. Fanny Camacaro de Felice.

EXP. N° 419-2005
Homologación de Alimentos.
MMR/ am