REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2004-011748
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS RUBEN LUDEÑA, argentino, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.181.977, de este domicilio, asistido por el abogado HECTOR PIRELA SOLARTE, Inpreabogado No. 40.812, de este domicilio, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, el cual mide 107.14 Mts2 , y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 8,65 Mts con bienhechurías propiedad de María Eliodora Pineda. SUR: en línea de 9.80 Mts con avenida 4, Los Jabillos, sector "Cumbres el manzano", que es su frente. ESTE: en línea de 11,60 Mts con calle en proyecto y OESTE: en línea de 11,70 Mts con bienhechurías propiedad de María Eliodora Linárez. Las bienhechurías consisten en una pieza construida en base a paredes y techo de zinc, piso de cemeneto rústico, cercada con estantillos de madera y pelo de alambre. Sobre la citada pieza se construyó una planta alta con dos habitaciones, dos baños , recibo, terraza, paredes de bloques frisadas, techo de platabanda, rcubierta con cerámica española, y madera machihembrada, tejas decorativas, ventanas de vidrios con protectores de hierros, puertas de madera, dos closet de madera, escalera decorada con cerámica y tanque de agua de 1.50 litros. En la planta baja: se construyó un porche,una habitación, dos baños, closets, garaje, un local comercial decorado con cerámica, comedor, cocina, puertas de maderas, y ventanas de cidrios con portectores de hierros, paredes de bloques frisadas, un tanqaue de agua subterráneo de 1.500 Lts para un total de 234,24 M2 de construcción. Ubicado en la avenida 4 Los Jabillos, Sector "Cumbres El Manzano" anteriormente denominado El Manzano sector La Torta, entre calles 6 y 7 parcela no. 4-33 poste Enelbar 114126,Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Edo.Lara. Todo por un valor de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 30.000.000,oo). --
Para decidir este Tribunal observa:--------------------------------------------------
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos CARLOS AVILES y LUIS NUÑEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. 646.138 y 3.717.910 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de CARLOS RUBEN LUDEÑA, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.*bp*
El Juez,
Dr. Julio Cesar Flores Morillo
El Secretario acc.
Greddy Eduardo Rosas C.
Se devuelve al interesado. El Sec.
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