REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-001372
Rect. Act.
C.F.

Los ciudadanos IGNACIA COLUMBA CARMONA DE HERNANDEZ, ANGEL EDUARDO HERNANDEZ CARMONA, ANGEL JOSE HERNANDEZ CARMONA, MARIANGEL HERNANDEZ CARMONA, ANGEL RAFAEL HERNANDEZ CARMONA, y ANGEL ALBERTO HERNANDEZ CARMONA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 7.312.978, 23.815.162, 7.447.714, 11.879.515, 14.404.422 y 15.446.649, asistidos por la Abogada MARÍA GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.840, solicitaron la rectificación del Acta de Defunción del ciudadano ANGEL RAFAEL HERNÁNDEZ VELAZQUEZ, en el sentido que, erróneamente aparece como hijo de MACHOFA DE HERNÁNDEZ (DIFUNTA) siendo lo correcto VICTAR MARÍA VELASQUEZ. Admitida la solicitud en fecha 08/03/2005, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara (f. 12). En fecha 18/03/2.005, se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 13).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:----------------------------------------------------------------------------------------------
UNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Partida de Defunción y así se declara. Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Defunción, efectuada por los ciudadanos IGNACIA COLUMBA CARMONA DE HERNANDEZ, ANGEL EDUARDO HERNANDEZ CARMONA, ANGEL JOSE HERNANDEZ CARMONA, MARIANGEL HERNANDEZ CARMONA, ANGEL RAFAEL HERNANDEZ CARMONA, y ANGEL ALBERTO HERNANDEZ CARMONA, y en consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, se sirva estampar nota marginal en la Partida de Defunción No. 3.281, del año 1981, en el sentido que el verdadero nombre de la madre del difunto es “VICTAR MARÍA VELÁSQUEZ” y no MACHOFA DE HERNÁNDEZ (DIFUNTA). Expídase copia certificada de la sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los treinta (30) días del mes de Marzo de dos mil cinco. AÑOS: 194° y 145°.
La Juez

Tamar Granados Izarra
La Secretaria

María Fernanda Alviarez
Seguidamente se publicó y se dejó copia.


La Sec.
g.p.