REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-002190
La ciudadana LILIAM JOSEFINA MARTELLI LINARES, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 7.460.909, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura su primer apellido como MARTELL siendo lo correcto “MARTELLI”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure su primer apellido como “MARTELLI”.- En consecuencia ordena a la Prefectura del Municipio Moran y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento No. 313 folio 166 vto., año 1963. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los diecisiete días del mes de Marzo de dos mil tres. Años 194º y 146º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,
ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. MARIA MILAGROS MEDINA
Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-724-725
PCM/MMM/sosa.LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA QUE ANTECEDE, FECHA UT-SUPRA.
LA SECRETARIA ACC,








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-002190
La ciudadana LILIAM JOSEFINA MARTELLI LINARES, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 7.460.909, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura su primer apellido como MARTELL siendo lo correcto “MARTELLI”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure su primer apellido como “MARTELLI”.- En consecuencia ordena a la Prefectura del Municipio Moran y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento No. 313 folio 166 vto., año 1963. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los diecisiete días del mes de Marzo de dos mil tres. Años 194º y 146º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,


ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. MARIA MILAGROS MEDINA

Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-724-725


PCM/MMM/sosa.