REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
MENORES DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, 10 de Marzo de 2005
AÑOS: 194° Y 146°

ASUNTO N° KH07-X-2005-000006

Vista la INHIBICION planteada por la Abogada MARIA DEL CARMEN ALVAREZ LUCENA, en su carácter de Juez de Juicio N° 1, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en el Asunto N° KH07-Z-2002-000054 juicio de REGIMEN DE VISITAS intentado por la ciudadana ALIDA PERNALETE contra el ciudadano FRANCISCO FERRER, mediante la cual señala que se inhibe de seguir conociendo como Juez, ya que es el caso que la demandante en el presente asunto ha expresado palabras ofensivas relacionadas con el juicio jurídico de la juez, profiriendo ofensas y descalificaciones profesionales y dudando así de su imparcialidad en el conocimiento del asunto antes mencionado, prueba de ello lo constituye la diligencia suscrita por la accionante obrante a los folios 1 y 2 frente y vuelto del cuaderno de apelación signado con el N° KP02-R-2004.001900; que en virtud de lo antes expuesto se evidencia claramente que se encuentra incursa en la causal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, razón suficiente que compromete su imparcialidad para seguir conociendo en el presente expediente.

En virtud de lo antes expuesto por la Juez inhibida y por cuanto dicha confesión la releva de pruebas, se declara CON LUGAR la inhibición planteada, por estar hecha en forma legal y fundada en causal que la hace procedente. En consecuencia, remítase las presentes actuaciones en su oportunidad a la Sala N° 3, del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, donde cursa la causa principal, y copia certificada de esta decisión a la Unidad Receptora de Documentos Civil del Estado Lara para que la remita a la Juez inhibida y al Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, con oficio.

Publíquese, regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diez días del mes de Marzo de dos mil cinco.



La Juez Titular



ABG. DELIA RAQUEL PEREZ MARTIN DE ANZOLA

La Secretaria


Abg. María C. Gómez de Vargas

Publicada en su fecha, a las 10:00 a.m. Expediente N° KH07-X-2005-000006. Seguidamente se remitieron copias certificadas, conforme lo ordenado con Oficios Números: 177/2005 y 178/2005, a través de la URDD Civil con oficio N° 179/2005
La Secretaria



Abg. María C. Gómez de Vargas






DRPMdeA.MCGdeV.HdeV.