REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-002012
Visto el acuerdo suscrito por los ciudadanos DAMELYS JOSELIN MUJICA CALDERA y JOSE RAMON MARTINEZ VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. 18.136.890 y 17.012.069 respectivamente, por ante La Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio Iribarren del Estado Lara, en relación al Régimen de Visitas en beneficio del niño Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA este Tribunal le da entrada y admite la presente acción y se dispone su Homologación en los siguientes términos:
Único.- El ciudadano José Ramón Martínez Vásquez podrá visitar a su hijo los días Lunes, Martes y Viernes dentro del siguiente horario, de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
La Juez de Juicio Nro. 2
Dra. Erlinda Oropeza Torres
La Secretaria
EOT/Mata.-