REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 21 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2005-003113

Vista la solicitud recibida en fecha de 21 de Marzo de 2.005 formulada por el Abg. Jorge Eliecer Rondón, actuando en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, según la cual solicita medidas de protección necesarias para la ciudadana Cristina González Durán y su familia, de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 23 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto en esta misma fecha, por la referida ciudadana, por ante esa Fiscalía manifestando que:

“ Ayer domingo como a las 8:30 am, la ciudadana ANA GONZALEZ, quien es mi hermana y a quien he denunciado en varias oportunidades, me atacó con objeto de hierro, por una discusión que se originó a raíz de problemas anteriores, resultando lesionada mi hija de nombre LORING CASAMAYOR, quien salió en mi defensa y fue golpeada en el brazo derecho, y también la hija de mi hermana de nombre ADRIANA GARCIA intevino para golpearme, yo estoy desesperada por esta situación porque hay una audiencia fijada para el día 14-04-05 fecha muy lejana y hasta que se realice pido protección, constantemente tengo problemas con ellas y temo por mi vida y seguridad, es todo..”.

Este Tribunal de Control No. 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCIÓN POLICIAL, A los fines de salvaguardar la integridad física de la víctima CRISTINA GONZALEZ DURAN, Titular de la Cédula de Identidad N° 3.861.168, residenciada en la Carrera 02 con Calle 03, sector La Lagunita, Barquisimeto, Estado Lara y para su familia, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia se ACUERDA Notificar al Fiscal Superior del Ministerio Público participando la Medida de Protección acordada y al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a los fines de que se sirva impartir las instrucciones necesarias para la protección de la víctima y sus familiares. Líbrense los respectivos Oficios.


EL JUEZ DE CONTROL N° 6

ABOG. JHONNY JOSE JIMENEZ COLMENAREZ

LA SECRETARIA