REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-006482

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Defensoría del Niño y Adolescente Mercabar, entre los ciudadanos ROSANGELA ENCALONA y ABIMAEL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 16.279.665 y 13.265.2745 respectivamente, respectivamente, y de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de la niña Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, de (6) años de edad, este Tribunal y dispone homologarlo en los siguientes términos:
“Primero: Los fines de semana el padre se llevará la niña para su casa. Segundo: En vacaciones la pasara también con su padre.
Tercero: Los días de semana cuando el pueda, la visitará en la casa de su hermana (De la madre).
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos ROSANGELA JOSEFINA ESCALONA y ABIMAEL PEREZ , y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de las beneficiarias. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Así mismo la presente decisión tendrá un lapso de (90) días, para solicitar cualquier modificación una vez transcurrido dicho lapso se remitirá la presente causa la Archivo Judicial.
Regístrese, publíquese y remítase copia certificada de la presente sentencia a la Defensoría del Niño y Adolescente Mercabar.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de Junio de dos mil Cinco (2.005). Años: 195° y 146°.

La Juez, N° 3.


Abg. Nora Zumaya Valera Hernández
La Secretaria,

Elvia.- Abog. Mariélita Idrogo.