REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO: KP01-P-2000-000681

Por cuanto se evidencia en autos que el penado OSCAR IGNACIO FRANCO QUERALES fue condenado a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO; y visto la Constancia de finalización(folio 287), de fecha 12.07.00, suscrito por el Delegado de Prueba Abog. Cioly Margarita León, donde participan que el mencionado penado finalizó la medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por lo que se desprende que para la presente fecha cumplió totalmente la pena bajo el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. En virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la Extinción de la Responsabilidad Criminal por el cumplimiento de la condena al penado OSCAR IGNACIO FRANCO QUERALES, titular de la cédula de identidad N° 13.651.650, habiendo finalizado el beneficio impuesto. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Cúmplase.

El Juez de Ejecución N° 1



Abg. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO.
La Secretaria