REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia del Trabajo Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KH05-L-2002-000175

PARTE ACTORA. PRADA JORGE LUIS
APODERADOS DEL ACTOR .HUGO RODRIGUEZ OVALLES Y SILVERIO JOSE RIVERO PERALTA
PARTE DEMANDADA. C.A.N.T.V.
APODERADOS DE LA D EMANDADA JACKSON PEREZ MONTANER, VEDA CEDEÑO PICON Y NESTOR ALVAREZ YEPEZ
MOTIVO JUBILACION


En el día de despacho de hoy, siendo las 2:30.pm dia y hora fijados para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se anunció el acto a las puertas del Tribunal; Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Transitorio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Termino, se leyó y conformes firman. Se cerró la Audiencia a las3:45.pm.


El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas




Apoderada de la demandada.




La Secretaria.


Hilda de Quiñones.