REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 25 de Julio de 2005
Años 195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-00980
PARTE ACTORA: RODRIGUEZ JIMENEZ ANDRES ELOY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.189.927
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARABIA TERESA MACHADO y EDWIN JOHAN CALIXTO, IPSA NRO. 45.754 y 104.209
PARTE DEMANDADA: PANADERIA PASTELERIA Y CHARCUTERIA VILLA ROCA C.A.
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE ACCIONADA: ANNIA MARINETH OSAL IPSA Nro. 66.168
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy, 25 de julio 2005 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que compareció por la parte demandada PANADERIA PASTELERIA Y CHARCUTERIA VILLA ROCA C.A. la abogada apoderada ANNIA MARINETH OSAL IPSA Nro. 66.168; igualmente se deja constancia de que no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante RODRIGUEZ JIMENEZ ANDRES ELOY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.189.927 por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.
La Juez


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria

Abg. Lisbel Matos S.-
El Presente