REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 25 de Julio de 2.005. Años: 195° y 146°.
Expediente N° 7192-05
La ciudadana CARMEN CAROLINA ROSAS DE TUA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.320.313, de este domicilio, Estado Lara, asistida por el Abogado OSCAR JUAN FERRER CARRASCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.215 presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicitó la Rectificación del Acta de Nacimiento de su hijo LUIS EDUARDO TUA ROSAS, la cual se encuentra inserta por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 1048, folio 27 frente, de fecha 14 de Julio de 1.986, alegando que se incurrió en los error al asentar su nacionalidad como “Peruana” siendo “Venezolana” y su número de cédula de identidad como “1.029.768”, siendo lo correcto “22.320.313”.
La solicitud se admitió acordándose resolver sumariamente conforme a lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, asimismo se acordó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, se evidencia que no estamos en presencia de un error material como tal, sino que todo se debe al cambio de nacionalidad de la madre del ciudadano LUIS EDUARDO TUA ROSAS, según se desprende de la Gaceta Oficial N° 5717, de fecha 01 de Julio de 2.004, donde la ciudadana CARMEN CAROLINA ROSAS DE TUA, fue nacionalizada como “Venezolana”, asignándosele cedula de identidad de ciudadana venezolana correspondiéndole el N° 22.320.313; por cuanto no hay error que corregir y no habiendo objeción por parte del Fiscal VIII del Ministerio Público en relación a lo solicitado, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA que se Inserte Una Nota Marginal en el Acta de Nacimiento del ciudadano LUIS EDUARDO TUA ROSAS, en la que el Funcionario encargado haga constar que la ciudadana CARMEN CAROLINA ROSAS DE TUA fue nacionalizada como “Venezolana” y le fue asignada Cédula de Identidad Venezolana con el N° 22.320.313. En consecuencia se ordena al Prefecto antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 25 de Julio de 2005. Años: 195º y l46º.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 180-2005, se publicó siendo las 1:30 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.

El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

Exp. Nº 7192-05
Cb2.