REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-V-2005-001774
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y vista la reforma de la QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCION POR DESPOJO, intentada por la ciudadana BERTA COROMOTO ALVAREZ contra la DIRECCION DE PLANIFICACION Y CONTROL URBANO (Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara); este Tribunal de la mediana revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente no se evidencia en modo alguno uno de los requisitos necesarios par la procedencia de la admisión de la presente demanda, el cual no es otro que el despojo alegado, razón por la cual este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y el Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara Inadmisible la presente demanda. Así se decide.
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario acc,
Greddy Eduardo Rosas
Gdv.