REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SALA DE JUICIO - JUEZ Nº 01
195º y 146º
PARTES:
DEMANDANTE: Maritza Del Carmen Montes De Oca Navarro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.413.717.
DEMANDADO: Salvador José Piña Arias, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.638.773.
MOTIVO: Régimen de Visitas
Por escrito presentado ante este Tribunal, en fecha veintisiete (27) de mayo del 2.005, la ciudadana Maritza Del Carmen Montes De Oca Navarro, ya identificada, en su carácter de representante legal de su hija la niña Omitido Artículo 65 Lopna, asistida por el Defensor Público del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, extensión Carora, abogado Pedro Luis Rojas, solicitó al Tribunal se fijara un régimen de visita al padre de su hija de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Consignó en ese mismo acto constante de dos (2) folios útiles copia fotostática de la cédula de identidad y copia certificada de la partida de nacimiento de su hija. Admitida la solicitud en fecha nueve (9) de junio de 2.005, se ordenó citar al ciudadano Salvador José Piña Arias y se notificó al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. Se cumplieron todas las diligencias ordenadas en el auto de admisión. En fecha quince (15) de junio de 2.005, el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Publicó fue notificado por el Alguacil de este Tribunal. En fecha veintiuno (21) de julio de 2.005, fue consignada por el Alguacil la boleta de citación debidamente firmada por el ciudadano Salvador José Piña Arias. En fecha veintisiete (27) de julio de 2.005, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos Maritza Del Carmen Montes De Oca Navarro y Salvador José Piña Arias, plenamente identificados en autos, ambos domiciliados en esta ciudad de Carora, los cuales sostuvieron entrevista con la Juez N° 01 de la Sala de Juicio, abogada Raquel Castillo de Zubillaga, llegando al siguiente acuerdo: “El ciudadano buscará a su hija los días sábados y la regresará los domingos. En el caso que no pueda buscarla un sábado, la buscará al día siguiente, es decir, el domingo, y la regresará ese mismo día en la tarde. Dichos ciudadanos se comprometen a mantener una relación cordial y respeto mutuo entre ambos”. (Copiado Textualmente).
Este Juzgado observa:
Al folio trece (13) riela el convenio suscrito entre los ciudadanos Maritza Del Carmen Montes De Oca Navarro y Salvador José Piña Arias, ya identificados, el cual no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su homologación. Conforme a dicho acuerdo el régimen de visitas se establece de la siguiente manera: El ciudadano buscará a su hija los días sábados y la regresará los domingos. En el caso que no pueda buscarla un sábado, la buscará al día siguiente, es decir, el domingo, y la regresará ese mismo día en la tarde.-
Expídase copia certificada por la Secretaria de esta sentencia y archívese.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 01, de este despacho a los veintiocho (28) días del mes de julio del 2.005. Años 195º y 146º.-
LA JUEZ N° 01 DE LA SALA DE JUICIO
Abg. RAQUEL CASTILLO DE ZUBILLAGA
LA SECRETARIA
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 656-2.005, y se público siendo las 08:30 p.m.
LA SECRETARIA
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
EXP.Nº 1SJ3.677-05
RCZ/rac/02
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