REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 07 de Julio de 2.005
195º y 146º

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ y SIKIU LISETT RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.920.309 y 14.696.663 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de la niña Identificación omitida dando cumplimiento al articulo 65 de la lopna , de tres (03) años de edad, este Tribunal dispone homologarlo en los siguientes términos:

“UNICO: La madre compartirá con la niña Tifani Alexandra todos los fines de semana, desde el Viernes hasta el Domingo, comprometiéndose a buscarla en el hogar paterno y retornarla nuevamente a dicho lugar.”

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ y SIKIU LISETT RODRÍGUEZ, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Así mismo la presente decisión tendrá un lapso de (90) días, para solicitar cualquier modificación una vez transcurrido dicho lapso se remitirá la presente causa la Archivo Judicial.
Remítase copia certificada de la presente Decisión a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los siete (07) días del mes de Julio de dos mil Cinco (2.005). Años: 195° y 146°.

La Juez de Juicio N° 2


Dra. María Ynmaculada Vivas Rivas.
La Secretaria


MYVR/merly
Asunto: KP02-S-2005-007280
Homologación de Régimen de Visitas