REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO No. 3
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 26 de Julio de 2005
Años: 193° y 145°
ASUNTO: KP01-P-2004-000306
Visto como ha sido el presente asunto, se observa que el auto de apertura a juicio fue dictado en fecha 09-12-04 por el Tribunal Sexto de Control, remitidas las actuaciones al Tribunal de Juicio, se le dio el correspondiente ingreso en fecha 26 de Enero de 2005, fijándose como oportunidad para Sesión de Sorteo de Escabinos el día 4 de Febrero del mismo año, acto que fue celebrado en ausencia de las partes, quienes pese a estar debidamente notificadas no comparecieron a la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en aras de garantizar el principio de la celeridad procesal , el Tribunal procedió a realizar el acto de Sorteo a los fines de ley.
Ahora bien, una vez recibidas las resultas del acto de Sorteo, por parte de la Oficina de Participación ciudadana, fue necesario convocar a un primer Sorteo Extraordinario, en fecha 29-6-05 cuando tampoco comparecieron las partes, por lo que se ordena el diferimiento del mismo, ya que no constaba en el asunto que todos los defensores hubiesen sido notificados, fijándose como nueva oportunidad para celebrar el Sorteo Extraordinario, el día 19 de Agosto de 2005.
Ante la secuencia procesal citada y por cuanto el Tribunal ha sido advertido, que en fecha 12 de Agosto se iniciara curso obligatorio hasta el 15 de Septiembre, se ACUERDA a los fines de garantizar la celeridad procesal, dejar sin efecto la convocatoria de Sorteo ya fijada, por cuanto es evidente que será nugatoria la misma, por no haber despacho, en razón de lo cual se ORDENA fijar dicho Sorteo Extraordinario el día Miércoles tres (3) de Agosto del presente año, a las 9:30 de la mañana y así se establece. Notifíquese a todas las partes del contenido del presente auto y de la nueva oportunidad para celebrar el Sorteo Extraordinario. Ofíciese a la Oficina del Alguacilazgo a los fines de que tome las medidas necesarias para hacer efectivas todas las notificaciones.
Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Juicio No. 3
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria
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