Se procede a fundamentar decisión emitida en audeincia celebrada en fecha 21-07-05, este Tribunal de Control Nro 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTA, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y la contenida en el artículo 39 ordinal 1° de la ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, impuesta al ciudadano RAFAEL ANTONIO PERDOMO, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.019.898, por la presunta comisión del delito de Amenazas, Violencia Física y Psicológica, previstos y sancionados en los artículo 16, 17 y 18 de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y la Familia. Se ordeno la continuación del presente asunto por la vía del Procedimiento Abreviado.