Se procede a fundamentar decisión emitida en audiencia celebrada en fecha 18-07-05, este Tribunal de Control Nro 5 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra del ciudadano HILDEMAR ANTONIO RAMOS SILVA, anteriormente identificado, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículo 458 y 277 del Código Penal respectivamente, por cuanto son concurrentes los presupuestos del artículo 250 y se dan los extremos del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma se cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara (Uribana). Se acordó la continuación del presente asunto por la vía del Procedimiento Ordinario.