Vista la solicitud de entrega de vehículo que cursa en el presente asunto, así como el escrito presentado por el solicitante en fecha 11/10/04, solicitando un Vehículo este tribunal de Control N° 5. ...Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 5, Adiministrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: PRIMERO: Hacer la entrega del vehículo en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el art. 311 del COPP, al ciudadano BENJAMIN ARRIECHE MOGOLLON, titular de la cédula de identidad N° 418.066; SEGUNDO: Oficiar al Estacionamiento Judicial Country, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo CLASE: Autómovil, MARCA: Fiat, COLOR: Plata. TIPO: Sedan, USO: Particular, MODELO: Premio/CS MY 89, PLACAS: RAG-830, SERIAL DE CARROCERIA: ZFA146CS7MO442214, SERIAL DEL MOTOR: 7543677, al mencionado ciudadano en CALIDAD DE DEPOSITO. Notifíquese a las partes. Registrese. Cúmplase.