REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL

Barquisimeto, 28 de Julio de 2005

ASUNTO Nº: KP01-P-2005-001336
JUEZ PROFESIONAL: ABG. LEILA-LY ZICCARELLI DE FIGARELLI
SECRETARIO EN SALA: ABG. LINA RODRIGUEZ
PARTES
IMPUTADO: FRANK ALBERTO ALVARADO RODRIGUEZ
VICTIMA: MAIROLYS COROMOTO MARTINEZ LISCANO (ADOLESCENTE)
FISCAL 16º: ABG. JOSE ALBERTO CARRILLO
DEFENSORA PUBLICA: ABG. DAYSI SALAS

DELITO: ABUSO SEXUAL (ARTICULO 260 EN RELACION CON EL ARTICULO 259 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)
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CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA AUDIENCIA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

Celebrada como fuera la audiencia Preliminar en el presente asunto por ante este Tribunal en funciones de Control Nº 3, en fecha 26 de julio de 2005; Presentada la Acusación por parte de la representante del Ministerio Público, y admitida como fuera la misma así como los medios de prueba ofrecidos, oídos los alegatos de la defensa y la manifestación voluntaria y libre de coacción el ciudadano FRANK ALBERTO ALVARADO RODRIGUEZ de admitir los hechos y de solicitar la suspensión condicional del proceso, con la solicitud hecha por la defensa de que se suspendiera condicionalmente el proceso con las condiciones que a bien tenga imponer el tribunal y a lo cual la representación fiscal no presentó objeción, se escuchó la opinión de la víctima y se dio lectura a la parte dispositiva de la sentencia, exponiéndose en forma sintética los fundamentos de hecho y de derecho que dieron lugar a la decisión, dictándose a continuación sentencia en forma íntegra en los siguientes términos.

IMPUTACION FISCAL

En la acusación presentada por la representante del Ministerio Público, se le imputa al ciudadano FRANK ALBERTO ALVARADO RODRIGUEZ, la comisión del delito de ABUSO SEXUAL (ARTICULO 260 EN RELACION CON EL ARTICULO 259 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), toda vez que según sus alegatos, el imputado abusó sexualmente de la adolescente MAIROLYS COROMOTO MARTINEZ LISCANO de 15 años de edad, en una zona boscosa de la Urbanización Playa Bonita del Municipio Jiménez, a quien según el reconocimiento médico legal que le fuera practicado se le detectó himen intacto, virginidad conservada y contractura muscular muslo derecho.

Asimismo, ofreció los medios de prueba contenidos en su escrito acusatorio, y solicitó la admisión de la acusación, de las pruebas y el enjuiciamiento del acusado. En la oportunidad legal no objetó que se suspendiera condicionalmente el proceso al imputado.

ALEGATOS DE LA DEFENSA

La defensa en la oportunidad legal para exponer sus alegatos, manifestó ante la admisión de hechos por parte de su representado y la solicitud de suspensión condicional del proceso, que se impusiera lapso para el régimen de prueba y las condiciones a que hubiere lugar.



DECLARACION DEL ACUSADO

El ciudadano FRANK ALBERTO ALVARADO RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad 17.872.229, fecha de nacimiento 20 de agosto de 1982, 22 años, artesano, soltero, hijo de Consentido Alvarado y América Rodríguez, domiciliado en la Quibor, San rafael, calle 8 entre 12 y 13 casa s/n, frente al taller artesano, Estado Lara, luego de ser impuesto del precepto constitucional contemplado en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, e interrogado sobre los generales de ley, manifestó libre de coacción su voluntad de admitir los hechos, y solicitar la suspensión condicional del proceso, ofreciendo disculpas públicas a la víctima presente en la audiencia como reparación simbólica del daño causado.
INTERVENCION DE LA VICTIMA

La adolescente Mairolys Coromoto Martínez, quien fue acompañada en audiencia por su representante legal (padre) ciudadano José David Martínez, manifestó que quería se hiciera justicia.


FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO


El delito imputado por la representación Fiscal al acusado, es el contemplado en el artículo 260 en relación con el Artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.

Los hechos por los cuales se procesó al acusado FRANK ALBERTO ALVARADO RODRIGUEZ encuadran en el tipo legal citado toda vez que el mismo al admitir los hechos deja claro que abusó sexualmente de una adolescente de 15 años de edad, sin que dicho abuso implicara ninguna de las formas de penetración que agravan el tipo penal y así se corrobora con el reconocimiento médico legal practicado a la misma.

En este sentido se hace necesario establecer si los hechos que el acusado admitiera voluntariamente encuadran dentro de los parámetros establecidos en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal a los efectos de la aprobación de la Suspensión Condicional del Proceso.

Es así, que siendo éste un delito leve, cuya pena no excede de tres años en su límite máximo, e interrogadas como fue la representante del Ministerio Público en la audiencia, quien manifestó no tener objeción para el otorgamiento del beneficio, y ante la opinión de la víctima, el mismo se circunscribe dentro de los supuestos de procedencia establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, por encuadrar en los parámetros previstos en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, se aprueba la suspensión condicional del proceso y se impone a los acusados las condiciones contempladas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 2° (Prohibición de comunicarse con la víctima MAIROLYS COROMOTO MARTINEZ LISCANO); y 6° (prestar servicios a favor del estado), dejándose expresamente asentado que el cumplimiento de estas condiciones va a ser supervisado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Todo por el lapso de dos (02) años. Así se decide.

DISPOSITIVA


Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al acusado FRANK ALBERTO ALVARADO RODRIGUEZ, antes identificado, previa admisión de los hechos que configuran el delito de ABUSO SEXUAL (ARTICULO 260 EN RELACION CON EL ARTICULO 259 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE). Se imponen las condiciones previstas en artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal 44 del Código Orgánico Procesal Penal , numeral 2° (Prohibición de comunicarse con la víctima MAIROLYS COROMOTO MARTINEZ LISCANO); y 6° (prestar servicios a favor del estado). Se ordenó oficiar a la UTASP a los fines de que designe un delegado de prueba que vigile el cumplimiento de las condiciones. Habiendo quedado las partes notificadas en audiencia, se ordena la publicación.

LA JUEZ DE CONTROL Nº 3


ABG. LEILA-LY ZICCARELLI DE FIGARELLI

SECRETARIA


ABG. ELENA GARCIA MONTES