REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de febrero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO N° KH01-X-2005-000017

Vista la INHIBICION planteada por la Abogada PATRICIA CABRERA MANFREDI, en su carácter de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto N° KP02-M-2002-000761, Juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado por BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL contra CONSTRUCTORA MARCUZZI, C.A. (COMARCA), RENATO MARCUZZI MARCUZZI y MARIA CARLA BUZZONI DE MARCUZZI, mediante la cual manifiesta que se inhibe de conocer el presente asunto por cuanto en el mismo actúa la abogada MARLA CAROLINA TROCONIS AROCHA, como apoderada judicial de la parte demandante y por cuanto existe enemistad manifiesta entre la referida abogada y la Juez que suscribe, inhibición ésta que ha sido declarada con lugar en anterior oportunidad por el Juzgado Superior, todo de conformidad con lo previsto en el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.

Esta Alzada observa: en virtud de lo antes expuesto por la Juez inhibida, y por cuanto fueron acompañados recaudos en apoyo a la misma, aún cuando dicha confesión la releva de pruebas, se declara CON LUGAR la inhibición formulada por estar hecha en forma legal y fundada en causal que la hace procedente. En consecuencia, remítase las presentes actuaciones al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y copia certificada de esta decisión a la Juez inhibida y a los Juzgados Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y Superior Tercero Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara, con oficio.

Publíquese, regístrese.


Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, en Barquisimeto, dieciséis días del mes de Febrero de dos mil cinco.

La Juez titular



Abg. DELIA RAQUEEL PEREZ MARTIN DE ANZOLA

La Secretaria



Abg. María C. Gómez de Vargas


Publicada en su fecha, a las 10:00 a.m. Expediente N°KH01-X-2005-000017. Seguidamente se remitieron copias certificadas, conforme lo ordenado con Oficios Números: 87/2005, 88 /2005, 89/2005 y 90/2005, a través de la URDD con Oficio Número: 91/2005.

La Secretaria



Abg. María C. Gómez de Vargas