REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Barquisimeto, 03 de enero de 2005
Años: 194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-1999-001338
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal de Ejecución, para decidir observa:
Consta al folio 778 , decisión de fecha 16-04-2001 en la que se acuerda la conversión del resto de la pena que le falta por cumplir en confinamiento al penado Marcos Antonio Olivares, titular de la cédula de idéntidad Nr3.384.105, por el lapso de TRES AÑOS, SIETE MESES Y VEINTITRES DIAS, que finaliza el 09-12-2004.
El referido penado fue condenado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara a cumplir la pena de Diez(10) años de prisión por la comisión del delito de Distribución de Estupefacientes previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Ahora bien, consta en autos constancia de Finalización, procedente de la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Estado Lara que indica que el referido penado cumplió la totalidad de la pena impuesta bajo el Beneficio de Confinamiento, por lo que se Declara como en efecto se hace la Extinción de la Responsabilidad Criminal.-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, al penado Marcos Antonio Olivares, titular de la cédula de idéntidad Nr3.384.105 , de conformidad con el articulo 105 del Código Penal Vigente.
En consecuencia, notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, y al penado. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Ordénese el archivo definitivo de las presentes actuaciones. Termínese el asunto por el sistema Juris 2000. CUMPLASE.-
EL JUEZ DE EJECUCION No. 01
ABG. ANTONIO MARTINEZ BARRIOS
LA SECRETARIA