Vista la diligencia suscrita en fecha: 12-01-05 por la Abogada en ejercicio KAREN E. CAMARGO MEDINA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, donde desiste del procedimiento, en virtud de que la parte demandada canceló la totalidad de la deuda, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación al mismo, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Asimismo acuerda expedir dos copias certificadas solicitadas por la parte actora. Igualmente expídase copia certificada del presente auto, a los fines de ser agregado al copiador de Sentencia llevado en este Despacho.-