REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 13 de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : KP02-M-2004-000478
Vista la transacción suscrita por la ciudadana abogada SARA MUÑOZ MORALES, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 65.417, en su condicion de endosataria en procuración del ciudadano NELSON JOSE BRIZUELA, y el ciudadano LUIS JAVIER BARRIOS PEREIRA, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado por la ciudadana SARA MUÑOZ MORALES, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 65.417, en su condicion de endosataria en procuración del ciudadano NELSON JOSE BRIZUELA, contra el ciudadano LUIS JAVIER BARRIOS PEREIRA, éste Tribunal habida consideración que ciertamente el tercero interviniente mediante la dacion en pago con efecto traslativos de dominio efectuada y dirigida a ponerle fin al juicio, extingue el vinculo jurídico obligacional que da origen a la presente relación jurídica procesal, dado el consentimiento prestado por la parte actora, y siendo que dichos parámetros no violetan el orden público y disponiendo las partes de la capacidad suficiente para transar en el presente juicio y sin que en el fondo, por otra parte la formula en referencia versa en definitiva sobre materias para cuyo tratamiento por vía de contratación estén prohibidas las transacciones, le imparte su correspondiente homologación, en consecuencia, téngase la formula de auto-composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
El Juez
Dr. Julio César Flores Morillo
La Secretaria
Ivonnet Hernandez